Como os comentamos en el curso anterior, la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (Directiva UE 2019/1937 de Protección de los Denunciantes) introdujo como novedad el canal de denuncias interno. con el objetivo de fomentar la cultura de la información como mecanismo para prevenir y detectar amenazas al interés público.
Os recordamos que se trata de una medida obligatoria que deben cumplir tanto las entidades u organizaciones que cuenten con 250 ó más trabajadores (debiendo tenerlo operativo desde el pasado junio), como las para entidades que tengan entre 50 y 249 trabajadores, estas últimas tienen como plazo máximo para su implementación hasta el 1 de diciembre de 2023.
Para una información más detallada sobre el canal de denuncia os adjuntamos el enlace a la guía elaborada por CECE Madrid que tenemos publicada en la web: